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Prevención

Servicio de Prevención de Violencia Familiar

Brown 980 de lunes a viernes de 8 a 15 horas - Ciudad de Neuquén

299-6036226 (solo mensajes)

299-5125999

Es un equipo interdisciplinario especializado en acompañamiento de violencias, que escucha, asesora y propone distintas salidas de las violencias, al tiempo que acompaña, en caso de querer, a realizar la denuncia correspondiente. Por otro lado, coordina acciones con otras instituciones, para que puedas hacer, pensar y sentir una vida sin violencias.

Las denuncias se pueden realizar a través de la Línea 148, la comisaría de tu barrio, la Oficina de Violencia Este y Oeste, Defensoría Civil, Servicio de Orientación Jurídica o podes acercarte a nuestro Servicio de Prevención de Violencia Familiar.

Co.Pro.NAF

El Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia (Co.Pro.NAF) es un organismo creado por la Ley Provincial N° 2302 de Protección Integral de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes, sancionada en 1999.

Es un órgano consultivo y de asesoramiento en el diseño y planificación de las políticas públicas sobre la temática de niñez, adolescencia y familia.

Su funcionamiento tiene un marco legal definido, algunas de sus funciones son:

CONTROL Y FISCALIZACIÓN - LEY PROVINCIAL 3320

promulgacion

PROMULGACIÓN

LEY 3320

A través de esta norma legal la Dirección Provincial de Protección de Derechos de las Personas Mayores de la Subsecretaría de Familia, como organismo de competencia, su tarea es llevar adelante el Control y Fiscalización de habilitaciones para todos los centros de día y/o residencias para adultos mayores dentro del territorio provincial.
requisitos

Requisitos para el alta habilitaciones para todos los centros de día y/o residencias para adultos mayores

FORMACIÓN/ CAPACITACIÓN

CONSEJO PROVINCIAL DE ADULTOS MAYORES

Coordinar e identificar las necesidades específicas de los adultos mayores, respetando sus particularidades. Trabaja en la convocatoria de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, provinciales y/o nacionales, cuando el tema así lo requiera, quienes podrán participar en las reuniones con voz, pero sin voto.

Contribuye a la creación, organización y ejecución de acciones de los consejos municipales de adultos mayores, al tiempo de proponer e informar sobre instancias de capacitación de los recursos humanos dedicados a la formulación de programas y a la atención directa de los adultos mayores.

Impulsar legislación municipal y provincial que contemple aspectos vinculados a los adultos mayores; contribuir a que la normativa vigente se mantenga constantemente actualizada, sugiriendo en tal sentido las modificaciones pertinentes, procurando su incorporación a la legislación general aplicable a todos los adultos mayores de la Provincia y de los municipios cuando corresponda.

Desarrollar propuestas en el campo previsional; de salud, seguridad, educación, y en todo otro ámbito que involucre a los adultos mayores, tendientes a mejorar la calidad de vida y la utilización de medios acordes
a la realidad de cada zona.

promulgacion

Ley Provincial 2743