Prevención
Servicio de Prevención de Violencia Familiar
Las denuncias se pueden realizar a través de la Línea 148, la comisaría de tu barrio, la Oficina de Violencia Este y Oeste, Defensoría Civil, Servicio de Orientación Jurídica o podes acercarte a nuestro Servicio de Prevención de Violencia Familiar.
Co.Pro.NAF
El Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia (Co.Pro.NAF) es un organismo creado por la Ley Provincial N° 2302 de Protección Integral de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes, sancionada en 1999.
Es un órgano consultivo y de asesoramiento en el diseño y planificación de las políticas públicas sobre la temática de niñez, adolescencia y familia.
Su funcionamiento tiene un marco legal definido, algunas de sus funciones son:
- Diseñar y propiciar la política de Estado en el área de los niños y adolescentes en toda la provincia.
- Asesorar a las distintas áreas del Poder Ejecutivo que tengan relación con esta temática.Incentivar la coordinación y la ejecución de políticas públicas.
- Propiciar la creación de Consejos Municipales de Niñez y Adolescencia.
- Capacitar en forma permanente al personal de Instituciones Públicas y Privadas que trabajan con niños y adolescentes.
- Crear comisiones de trabajo permanentes o transitorias para profundizar el análisis de proyectos, planes y acciones que emanan de la propia iniciativa del Consejo, o por solicitud de entes públicos o privados.
- La corresponsabilidad de estas funciones en todo el territorio neuquino se logra a través de cada Consejo Local. La adhesión de los municipios a la Ley N° 2302, permite cristalizar este compromiso, de manera de motorizar estos espacios, atendiendo demandas y necesidades erritoriales e interactuando con los sectores claves de cada comunidad (Art. N°38).
CONTROL Y FISCALIZACIÓN - LEY PROVINCIAL 3320
PROMULGACIÓN
LEY 3320
Requisitos para el alta habilitaciones para todos los centros de día y/o residencias para adultos mayores
FORMACIÓN/ CAPACITACIÓN
CONSEJO PROVINCIAL DE ADULTOS MAYORES
Coordinar e identificar las necesidades específicas de los adultos mayores, respetando sus particularidades. Trabaja en la convocatoria de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, provinciales y/o nacionales, cuando el tema así lo requiera, quienes podrán participar en las reuniones con voz, pero sin voto.
Contribuye a la creación, organización y ejecución de acciones de los consejos municipales de adultos mayores, al tiempo de proponer e informar sobre instancias de capacitación de los recursos humanos dedicados a la formulación de programas y a la atención directa de los adultos mayores.
Impulsar legislación municipal y provincial que contemple aspectos vinculados a los adultos mayores; contribuir a que la normativa vigente se mantenga constantemente actualizada, sugiriendo en tal sentido las modificaciones pertinentes, procurando su incorporación a la legislación general aplicable a todos los adultos mayores de la Provincia y de los municipios cuando corresponda.
Desarrollar propuestas en el campo previsional; de salud, seguridad, educación, y en todo otro ámbito que involucre a los adultos mayores, tendientes a mejorar la calidad de vida y la utilización de medios acordes
a la realidad de cada zona.